Se trata de la libertad o confirmación de reclusión domiciliaria del expresidente Álvaro Uribe Vélez, quien ya cumple tres meses de encierro en su hacienda de El Ubérrimo y ahora tendrá que esperar hasta este sábado para conocer su suerte.
Doce horas de audiencia ayer jueves no fueron suficientes para definir la situación del también exsenador, cuyo proceso por soborno y fraude procesal se encuentra en un punto crucial: Clara Ximena Salcedo, la juez 30 de garantías –hoy el día el cargo menos apetecido en Colombia- debe definir si tras el cambio de manos del proceso del expresidente, al pasar de la Corte Suprema a la Fiscalía y, en consecuencia, de la Ley 600 (el viejo sistema procesal) a la Ley 906 (sistema acusatorio totalmente diferente), la situación jurídica amerita o no reclusión domiciliaria.
Aquí lo clave, en realidad, es si la Fiscalía acoge todo el material probatorio recogido por la Corte Suprema bajo la Ley 600 y lo incorpora o si decide empezar de cero, que es exactamente a lo que le apuestan los abogados de Uribe Vélez pues dejaría engavetadas prácticamente todas las pruebas del caso, aunque su contraparte, el senador Iván Cepeda, ha argumentado que “se debe mantener el estadio procesal alcanzado por la Corte Suprema de Justicia”.
El fiscal encargado del caso, Gabriel Jaimes, también se tomó su tiempo en la audiencia de ayer para dar las puntadas de lo que hará. Paradójicamente, el caso de Uribe Vélez –según el fiscal Jaimes- es similar al de «Jesús Santrich», el hoy prófugo excomandante de la guerrilla de las Farc y ahora dirigente del grupo disidente, cuyo caso pasó de la Corte a la Fiscalía pero allí no empezó de ceros, sino que trasteó igualmente todas las evidencias en su contra ya recolectadas.
De ser así, lo que alega la contraparte es que se debe mantener la detención domiciliaria del expresidente pues «en el proceso la indagatoria y la medida de aseguramiento fueron proferidas por el juez natural, que era la Corte Suprema de Justicia, tienen presunción de legalidad y se dictaron aplicando las formalidades previstas en la ley». El argumento contrario señala que, a falta de imputación de cargos – que no proceden en el sistema acusatorio- no corresponde la privación de la libertad y Uribe Vélez debe salir del encierro. Entre los dos alegatos se encuentra el caldo de cultivo para especulaciones, teorías y derroche de argumentos políticos, más que jurídicos.
Pero, recordemos, ese no era el motivo de la audiencia, aunque sí lo fue para la defensa de Uribe Vélez y para el abogado del senador Iván Cepeda, quienes de lado y lado se empeñaron en trazar el preámbulo del enfrentamiento que se dará una vez resuelto el estatus del hoy preso 1087985. Amanecerá y veremos.